Mañana a las 12 horas pasaremos por nuestro salón de actos para exponer varios artículos de la Constitución Española. La organización de las intervenciones quedará de la siguiente manera:
Título I. De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Artículo 27
- Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza. ANTONIO
- La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales. MARÍA
- Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. ELÉANOR
- La enseñanza básica es obligatoria y gratuita. YADIRA
- Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes. ÁLEX
- Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales. MARTA
- Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca. ALMUDENA
- Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes. TRIANA
- Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca. LUCÍA
- Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca. ADA
Título I. De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Sección 2.ª De los derechos y deberes de los ciudadanos
Artículo 35
- Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo. DAVID Y PILAR
- La ley regulará un estatuto de los trabajadores. DAVID
Título I. De los derechos y deberes fundamentales
Capítulo cuarto. De las garantías de las libertades y derechos fundamentales
Artículo 53
- Los derechos y libertades reconocidos en el Capítulo segundo del presente Título vinculan a todos los poderes públicos. Sólo por ley, que en todo caso deberá respetar su contenido esencial, podrá regularse el ejercicio de tales derechos y libertades, que se tutelarán de acuerdo con lo previsto en el artículo 161, 1, a). RUBÉN
- Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30. ESTEBAN
- El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo tercero informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen. PAULA
Título III. De las Cortes Generales
Capítulo primero. De las Cámaras
Artículo 66
- Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado. NEREA
- Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución. RAFA
- Las Cortes Generales son inviolables. RAFA
Mañana en clase veremos qué significan cada uno de estos artículos para entender por qué los hemos elegido para su exposición en la actividad para la conmemoración del aniversario de la Constitución Española.
¡¡SEGUIMOS!! :)